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Funciones de la Secretaría de Finanzas

Funciones

» Funciones de la Secretaría de Finanzas y Administración

Según lo estipulado en el Estatuto de Gobierno de la Universidad Autónoma de Nayarit en su artículo 56; El Secretario de Finanzas y Administración tiene las facultades y obligaciones siguientes:

  • Coordinar, promover y evaluar el desarrollo general de las actividades financieras y administrativas de la Universidad de acuerdo con el Rector;
  • Proponer y ejecutar las políticas financieras y administrativas de la Universidad;
  • Elaborar, ejercer y controlar los presupuestos de ingresos y de egresos de la Universidad de acuerdo con el Rector, con base en las previsiones establecidas por el Consejo General Universitario;
  • Proponer y ejecutar la política de capacitación y desarrollo del personal administrativo y manual;
  • Procurar la eficiencia del personal administrativo y manual;
  • Definir estrategias para la optimización de los recursos materiales y financieros conforme a las políticas de desarrollo institucional;
  • Proponer los lineamientos y criterios para regular el ejercicio del gasto universitario;
  • Autorizar las convocatorias, coordinar los concursos y vigilar los procedimientos para la adquisición, construcción de obras universitarias y suministro de bienes y servicios que requieran las unidades académicas y dependencias de acuerdo a los montos asignados en el presupuesto correspondiente en términos de la legislación aplicable;
  • Salvaguardar el patrimonio universitario a través del control y registro pormenorizado de los bienes que lo integran y la actualización del inventario;
  • Intervenir en los procesos de auto evaluación institucional y coadyuvar en el control, fiscalización y evaluación externa;
  • Integrar los informes de cuenta pública de la Universidad Autónoma de Nayarit;
  • Fungir como la instancia de recaudación de los ingresos de la Universidad Autónoma de Nayarit y definir los sistemas para su control;
  • Vigilar los procedimientos para la venta de desechos y bienes sin utilidad para la Universidad Autónoma de Nayarit;
  • Informar, anualmente y por escrito, al Rector y al Consejo General Universitario cuando le sea requerido, de las actividades a su cargo desarrolladas durante el año anterior; y
  • Las demás que establezca la legislación universitaria.
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